El Servicio de Acompañamiento a Pacientes Ambulantes con Discapacidad (APAD) tiene como objetivo facilitar el acompañamiento de pacientes ambulantes con necesidades especiales (discapacidad, física, psíquica o sensorial), que acuden al hospital de manera programada para recibir asistencia ambulatoria en consultas externas, cirugía mayor ambulatoria, unidad del dolor o realización de prueba diagnóstica, y que el día de la cita no pueden ser acompañados por un familiar o allegado.
Criterios para que el paciente pueda acceder al servicio de acompañamiento:
- Tener igual o más de 16 años.
- No estar institucionalizado.
- Tener una cita programada
Cumplir uno de los siguientes supuestos:
- Tener una limitación física o movilidad reducida.
- Tener una discapacidad auditiva o visual.
- Tener una discapacidad psíquica.
- No tener familia o que ese día los familiares no puedan acompañarle.
Las solicitudes de acompañamiento serán previamente enviadas por el paciente con un mínimo de 15 días de antelación y serán recogidas en un registro creado para tal efecto.
Una vez recibida, el responsable de Servicio de Atención al Paciente evaluara si se cumple las condiciones para poder ofrecer el servicio (situación de discapacidad, tipo de prestación, disponibilidad de recursos humanos, etc) y contactara con el usuario solicitante para planificar cada caso.
El APAD puede solicitarse mediante el formulario que se adjunta a conrinuación, y también por correo electrónico y por teléfono (ver información incluida tras el Formulario)