Resolución 122/2026
Inadmisión por cuantía
Inadmisión por cuantía
Inadmisión por cuantía.
Inadmisión. Negocio Excluido. Se recurre la adjudicación del contrato de "Concesión de dominio público para la explotación de un complejo deportivo en la Calle Viñagrande, nº 3, de Cubas de la Sagra (Madrid)", contrato que no es susceptible de recurso especial en materia de contratación.
CONTAMINACIÓN DE OFERTAS. Recurso contra exclusión de licitador por haber incorporado información económica del lote 1 en el sobre 2 del lote 2. Desestimación. Ha desvelado información de la oferta económica en el sobre indebido
Desistimiento del recurrente. Finalización del procedimiento. Se recurren los pliegos y posteriormente se desiste del procedimiento por el recurrente. Tanto el OC como el otro licitador, solicitan la desestimación del recurso por lo que no existe inconveniente en aceptar el desistimiento.
CRITERIOS DE VALORACION: Se desestima un recurso que pretende en fase de adjudicacion dudar de la proporcionalidad de uno de los criterios de adjudicacion en relacion con la solvencia adicional. Doctrina de lex contractus
Inadmisión. Se recurre el Acuerdo de la JGL por la que se acepta la propuesta realizada por la mesa de contratación de clasificación y requerimiento de documentación. Acto no de trámite no recurrible.
Inadmisión. Se recurren los pliegos de la licitación del concurso para el “Arrendamiento de varias fincas rústicasde la Comunidad de Madrid, de naturaleza patrimonial, situadas en el término municipal de Aranjuez, para su explotación agrícola” contrato de naturaleza patrimonial y, en consecuencia, no ser susceptible de recurso especial en
materia de contratación conforme a lo dispuesto en el artículo 44.1 de la LCSP.
Inadmision.Falta de legitimacion de una asociacion que no acredita el interes colectivo que defiende. No se puede interpretar de forma amplia la elgitimacion de una asociacion que no es "organización empresarial" para impugnar pliegos de licitaciones cuando se desconece la actividad empresarial de sus asociados.
Error por introducir la oferta económica en el sobre 2 donde van incluida la documentación técnica de valoración de los criterios sujetos a juicio de valor. Contaminación de las ofertas. Desestimación