Resolución número 087/2022
Desistimiento recurso, fin del procedimiento.
Desistimiento recurso, fin del procedimiento.
Declaración de conclusión del procedimiento por pérdida sobrevenida del objeto. Allanamiento del órgano de contratación.
Terminación del procedimiento por imposibilidad material de su continuación con pérdida sobrevenida de su objeto.
Se acepta el desistimiento del recurrente del recurso interpuesto de conformidad con el artículo 84.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, aplicable por remisión del artículo 56.1 de la LCSP.
Desistimiento del recurrente al recurso interpuesto
Desistimiento del recurrente sobre el recurso interpuesto
Se acepta el desistimiento del recurso interpuesto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 84.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, aplicable por remisión del artículo 56.1 de la Ley de Contratos del Sector Público.
Desistimiento recurso.
Se acepta el desistimiento del recurso interpuesto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 84.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, aplicable por remisión del artículo 56.1 de la Ley de Contratos del Sector Público.
Recurso contra unos pliegos de condiciones que exigían un contrato de distribución con una empresa concreta de desarrollos informáticos. No se presentan ofertas a la licitación y el órgano de contratación decide prescindir de los pliegos de condiciones objeto de la controversia.