Plan de Gestión de Suelos Contaminados (2025 - 2032)

Plan de Gestión de Suelos Contaminados
En ejecución

Destinatarios

  • Titulares de Actividades Potencialmente Contaminantes del Suelo (APCS)
  • Propietarios y poseedores de suelos
  • Administraciones públicas (Comunidad de Madrid y otras implicadas)
  • Promotores de desarrollos urbanísticos
  • Empresas y entidades técnicas especializadas
  • Organismos de cooperación interadministrativa

Duración

Plan de Gestión de Suelos Contaminados tiene una vigencia de 2025 a 2032.

Líneas Estratégicas

  • Gestión de residuos y materias primas secundarias.
  • Investigación, desarrollo, ecoinnovación y competitividad
  • Colaboración público-privada y cooperación interadministrativa

Diagnóstico

La Comunidad de Madrid mantiene una dinámica de colaboración con los sectores económicos afectados por la legislación de suelos contaminados y en particular con los interesados en los procedimientos.

La experiencia acumulada en la gestión de los expedientes de calidad del suelo en la Comunidad de Madrid ha permitido poner de manifiesto varios problemas que dificultan tanto la tramitación de los expedientes como la gestión y mejora de la calidad del suelo en nuestro territorio:

1. Reticencias por parte de los obligados que, conociendo la existencia de indicios de contaminación de suelos, no realizan los estudios complementarios pertinentes si no media requerimiento expreso por parte de la administración.

2. Estudios deficientes que conllevan la necesidad de sucesivas subsanaciones.

3. Incumplimiento de las obligaciones establecidas en la resolución de los informes de situación del suelo por parte de los obligados.

4. Los aspectos novedosos en materia de gestión de suelos contaminados que incorpora la nueva Ley 7/2022, de 8 de abril, se resumen en que se mantiene con carácter general el régimen jurídico que ya había, pero incorporando algunas novedades como, que a partir de ahora el Gobierno aprobará, actualizará y publicará una lista de actividades potencialmente contaminantes de los suelos. Los titulares de estas actividades deberán remitir periódicamente a las CC.AA. informes con información relevante para la declaración de suelos contaminados.

La nueva ley, en relación con las obras de urbanización o construcción con potencial presencia de suelos contaminados, determina que el promotor, antes de iniciar la obra, debe conseguir un certificado del Registro de la Propiedad que acredite el sometimiento de las actuaciones en suelos declarados como contaminados.

Por otro lado, se obliga a las personas, tanto físicas como jurídicas, que sean propietarias de fincas, a declarar si se ha hecho algún tipo de actividad, o no, potencialmente contaminante del suelo. También se desarrolla el régimen de recuperación voluntaria de suelos.

Por último, se inicia la creación del Inventario Nacional de Descontaminaciones Voluntarias de Suelos Contaminados y se enviará al Colegio Oficial de los Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de bienes inmuebles de España, la información del Inventario estatal para que pueda incluirse como información asociada tanto en Geoportal Registradores como en la publicidad registral y en las notas de calificación y despacho de documentos.

Con la nueva ley, se ha ampliado y tipificado el catálogo de infracciones graves y muy graves. Para infracciones leves encontraremos sanciones de hasta 20.000€; para infracciones graves de 20.001€ hasta 600.000€ y para infracciones muy graves serán de 600.001€ a 3.500.000€.

5. Las dificultades en la tramitación de expedientes de declaración de suelos contaminados pueden llegar a ocasionar la agravación del problema de contaminación del suelo con los riesgos que ello puede implicar para la salud de las personas y de protección del medio ambiente.

6. En el caso de actuaciones de investigación y descontaminación subsidiarias, se encuentran dificultades para la contratación pública de los trabajos debido al número de variables que intervienen en un expediente de contaminación de suelos.

Objetivo

El objetivo del Plan es prevenir la contaminación del suelo y evitar la transmisión de dicha contaminación a otros medios, priorizando la recuperación in situ. Asimismo, busca identificar las actividades potencialmente contaminantes presentes en la Comunidad de Madrid, optimizar el control y el seguimiento de la gestión de suelos contaminados, mejorar la calidad de los estudios técnicos y de los análisis de riesgos y reforzar la coordinación entre administraciones involucradas en esta materia.

Objetivos concretos

  • Evitar la contaminación del suelo y la transmisión de la contaminación a otros medios
  • Priorización de la recuperación de los emplazamientos in situ, evitando los movimientos de suelos contaminados
  • Identificar las actividades potencialmente contaminantes del suelo presentes en la Comunidad de Madrid y, especialmente, aquellas con mayor riesgo
  • Optimizar el control y seguimiento de las actividades de gestión de suelos contaminados, concentrándose en las actividades de mayor potencial de contaminación del suelo
  • Incrementar la calidad de los estudios de investigación de la calidad del suelo y los análisis cuantitativos de riesgos
  • Incrementar la coordinación con las distintas administraciones implicadas

Actividades a desarrollar

  • Optimización de campañas específicas de seguimiento de posibles actividades contaminantes del suelo.
  • Apoyo a las labores de investigación y/o descontaminación de suelos.
  • Participación en los trabajos de actualización de la legislación en materia de suelos contaminados.
  • Actualización de la identificación de actividades potencialmente contaminantes del suelo presentes en la Comunidad de Madrid tras la modificación del Anexo I del Real Decreto 9/2005.
  • Análisis estadístico de la gestión de los expedientes de calidad del suelo.
  • Participación en grupos de trabajo de las distintas administraciones para la coordinación y la cooperación de los trabajos en materia de gestión de los suelos contaminados.

Medios económicos

El presupuesto estimado a invertir por parte de la Comunidad de Madrid es de 21,9 millones de euros durante todo el tiempo de vigencia del plan.

El importe correspondiente a las actuaciones previstas en este plan que se prevén realizar dentro de cada eje y en qué líneas de actuación, en el marco general de las medidas que se han incluido en el correspondiente apartado de este plan de gestión.

A continuación se muestran las inversiones previstas en cada una de las líneas de actuación contempladas en el plan:

1. Gestión de residuos y materias primas secundarias

      1.1 Inspección y control (4)

2. Investigación, desarrollo, ecoinnovación y competitividad

       2.1 Investigación, desarrollo y ecoinnovación (3)    (21.699.359 €)

3. Colaboración público-privada y cooperación interadministrativa

       3.1 Cooperación interadministrativa (3)     (300.000 €)

 

Total plan de gestión de suelos contaminados       21.999.359 €

(3) Presupuestadas en el propio plan

(4) No requieren dotación presupuestaria específica para su ejecución

Tiempo de consecución

8 años

Indicadores resultado percepción

Para el seguimiento y evaluación continua de este plan, se prevé utilizar los siguientes indicadores anuales (unidad = Nº) que servirán para analizar el grado de cumplimiento de los objetivos y las líneas de actuación:

  • Declaraciones de suelos contaminados y de no contaminados.
  • Emplazamientos descontaminados de los declarados como contaminados.
  • Solicitudes de Informes en materia de calidad de suelos para expedientes sobre planeamiento urbanístico.
  • Informes preliminares y de situación del suelo presentados por titulares de instalaciones potencialmente contaminantes del suelo.
  • Informes preliminares y de situación del suelo resueltos.
  • Solicitudes de recuperación voluntaria de suelos presentadas.
  • Proyectos de recuperación voluntaria de suelos aprobadas.
  • Proyectos de descontaminación voluntaria de suelos finalizados.