Urgencia Social

Dictamen de urgencia social

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Definición de qué es el absentismo escolar
Existen situaciones familiares excepcionales que impiden en algunos casos atender adecuadamente las necesidades básicas de los niños, y que afectan a su integridad y desarrollo, entendiéndose estos casos como situaciones de "urgencia social".

Para estas situaciones, las instituciones educativas y sociales de atención a la infancia de la Comunidad de Madrid arbitran procedimientos ágiles que permiten atender con rapidez a los niños, propiciando su escolarización gratuita en centros específicos de educación infantil o primaria.

Se plantean, así, soluciones alternativas en el entorno familiar del niño, evitando tomar una medida de protección del menor siempre que sea posible mediante apoyos a las familias que se encuentren en riesgo social. 

Procedimiento

Casos de absentismo escolar comunicados por el centro docente

Para ello se encomienda a la Comisión de Protección a la Infancia y a la Adolescencia, el dictamen declarativo de la situación de urgencia social de los niños, necesario para:

1. Tramitar su escolarización en centros de educación infantil de primer y segundo ciclo de la Comunidad de Madrid

2. Tramitar la exención del abono íntegro del servicio de comedor escolar ante la administración educativa. 

¿Cuál es el procedimiento?

Documentación de interés

Acuerdo de colaboración [PDF - 0 bytes]

Anexo I urgencia social [PDF - 0 bytes]

Solicitud urgencia social [PDF - 0 bytes]

Contacto

ES