Protege tu propiedad intelectual

A la hora de desarrollar un negocio hay un conjunto de activos intangibles o inmateriales cuya existencia y forma de protección jurídica es preciso conocer.

De forma básica, puede diferenciarse entre los derechos de propiedad industrial (marcas, patentes, diseños industriales y secretos empresariales) y los derechos de propiedad intelectual (derechos de autor y derechos afines o conexos). 

Los derechos de autor atribuyen al creador de una obra intelectual literaria, artística o científica (incluyendo los programas de ordenador), la plena disposición y el derecho exclusivo de su explotación y, en especial, los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública y transformación.

Preguntas y dudas frecuentes sobre propiedad intelectual

Protege tu marca y diseño industrial

Cuando se comercializan productos y servicios en el mercado, es esencial que el público pueda identificarlos correctamente y se distingan del resto de productos y servicios ofertados por las demás empresas. Tu marca será el signo que realizará esa función.

La regulación se encuentra en la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas.

Por otro lado, la apariencia de producto (líneas, contornos, colores, forma, textura o materiales) puede ser objeto de protección a través del diseño industrial. 

La regulación se encuentra en la Ley 20/2003, de 7 de julio, de Protección Jurídica del Diseño Industrial.

Para disfrutar de los derechos exclusivos que te proporciona una marca o un diseño industrial es necesario su previa inscripción en la Oficina Española de Patentes y Marcas –OEPM– (marcas y diseños con ámbito territorial nacional) o en la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea –EUIPO– (marcas o diseños con ámbito territorial en todos los Estados de la Unión Europea).

Preguntas y dudas frecuentes sobre marcas y propiedad industrial

Protege tu dominio

La presencia en internet es esencial para muchos modelos de negocio. Disponer de una página web ayudará a darlo a conocer, permitiendo a los clientes localizarlo e, incluso, celebrar contratos y demás transacciones comerciales online.

La elección y registro de un nombre de dominio apropiado resultará decisiva. Para ello, hay que tener en cuenta la actividad empresarial desarrollada y el ámbito territorial al que se dirija.

De forma simplificada, los dominios pueden tener carácter territorial (por ejemplo, España utiliza .es; Portugal .pt, Francia .fr, Alemania. de, Reino Unido .uk, …) o carácter genérico (.com, .net, .tienda). También existen dominios coincidentes con nombres de empresas u otras entidades gestionados por ellas directamente como el de esta página web, .madrid.

En España, la autoridad de registro de los dominios ".es" corresponde a Red.es, entidad pública empresarial del Ministerio de Transformación Digital.

IMPORTANTE: Aunque inicialmente se consiga registrar e incluso tener en servicio un dominio, es posible verse despojado de él si un tercero acredita tener derechos previos o preferentes sobre el nombre que has registrado (por ejemplo, cuando coincide con una marca que ya existe). Es importante asegurarse bien que el nombre es válido para evitar problemas. 

Preguntas y dudas frecuentes sobre dominios

Protección del secreto empresarial

En el caso de que se genere lícitamente información que, desde el punto de vista empresarial, constituya una ventaja en el mercado frente al resto de empresas y competidores, el ordenamiento jurídico pone a disposición de sus titulares acciones legales directas contra aquellas personas (incluidos los propios trabajadores) que la obtengan, utilicen o revelen de forma ilícita, siempre que:

  1. La información tenga carácter secreta (no divulgada).
  2. Se hayan adoptado medidas razonables para mantenerla en secreto.

Esta protección no exige ningún registro previo.

La regulación se encuentra en la Ley 1/2019, de 20 de febrero, de Secretos Empresariales.