Dirigiendo un escrito de solicitud de devolución a la unidad que otorgó la autorización, utilizando el formulario que está en el trámite electrónico de presentación de escritos y comunicaciones, indicando en el asunto “DEVOLUCION FIANZA – NÚMERO AUTORIZACIÓN". Junto a la solicitud deberás aportar:
- el resguardo de ingreso o garantía emitido por la Caja de depósitos en su día,
- la documentación que acredite que se puede devolver la fianza según la Resolución.
- si depositaste la fianza en efectivo, deberás indicar en qué cuenta quieres que te hagan el ingreso de entre las que tienes dadas de alta en la base de Terceros.
Dependiendo del motivo por el que solicitas devolución deberás presentar otra documentación adicional:
- Ceses, renuncias, desistimientos, caducidades o revocaciones de la autorización.
La resolución de finalización de la actividad establecerá las medidas a adoptar por el titular de la instalación para liberar la fianza. De manera general será:
- Un dossier fotográfico acreditando la limpieza de las instalaciones.
- Los certificados de tratamiento de residuos.
- El Informe de Situación del Suelo por clausura de actividad potencialmente contaminante.
Además, se solicitará informe al Área de Disciplina por si el titular mantiene responsabilidades pendientes de subsanar. Asimismo, en caso de considerarse necesario, se realizará una visita de comprobación a las instalaciones.
- Cambios de titularidad y denominación social.
El antiguo titular podrá:
- solicitar la devolución de la fianza una vez se conceda el cambio de titularidad o denominación, ya que es necesario acreditar que el nuevo titular ha depositado la fianza en la Caja de Depósitos, o bien
- solicitar la transmisión de la fianza al nuevo titular en la Base de Terceros, utilizando el trámite electrónico que está en este enlace.
- Cambios de entidad bancaria o en la forma de disposición de la fianza.
En este caso, para proceder al depósito de la nueva fianza es necesaria autorización previa del centro gestor que le posibilite la sustitución de la garantía.
Una vez autorizada la sustitución y depositada la nueva garantía, para proceder a la devolución de la fianza anterior será necesario acreditar que se ha depositado la nueva fianza en la forma elegida ante la Caja de Depósitos, mediante el resguardo correspondiente. Es necesaria la coexistencia de la anterior fianza y la nueva durante el tiempo que transcurra la tramitación de la devolución de aquélla.
- Aumento o disminución del importe de la fianza por modificación o prórroga de la autorización.
Cuando se aumenta el importe de la fianza, es posible
- depositar una nueva por el importe restante, o bien
- constituir una nueva fianza por el importe total y solicitar la devolución de la anterior una vez concedida la efectividad de la autorización.
En los casos en que la fianza disminuya, se podrá optar por:
- mantener la fianza ya depositada, o bien,
- depositar una nueva por el nuevo importe y solicitar la devolución de la anterior una vez concedida la efectividad de la autorización.