Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Residuos biosanitarios y citotóxicos
Producción de residuos sanitarios
Los productores de residuos sanitarios deben segregarlos, envasarlos y etiquetarlos correctamente desde su generación, conforme a las categorías definidas en el Decreto 83/1999. También deben establecer procedimientos internos, formar al personal, delimitar zonas de almacenamiento de acceso restringido y, dependiendo del tipo de residuo, presentar una comunicación previa y llevar un archivo cronológico.

Producción y posesión de residuos industriales y comerciales
Más información sobre trámites y obligaciones
Requisitos de envasado
En general, los envases destinados a residuos biosanitarios y citotóxicos serán de un solo uso y no podrán reabrirse.
Asimismo, los envases de residuos biosanitarios especiales y citotóxicos deben mantenerse intactos hasta su eliminación y no someterse a presiones mecánicas. En caso de rotura o fuga, el residuo deberá reenvasarse de forma segura.
Gestión interna y almacenamiento intermedio
La gestión interna de los residuos biosanitarios en la Comunidad de Madrid exige su segregación y envasado en recipientes de un solo uso, así como su almacenamiento en zonas señalizadas y de acceso restringido conforme al Decreto 83/1999. El almacenamiento intermedio debe respetar los límites temporales establecidos, que varían entre 72 horas y 30 días según la cantidad mensual generada por cada centro.
Gestión de residuos sanitarios
Las empresas o entidades que realicen operaciones de gestión de residuos están sometidas al régimen de autorización y comunicación establecido en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.

Gestión de residuos industriales y comerciales
Más información sobre las obligaciones de los gestores de residuos, incluidos los transportistas, agentes y negociantes.
Traslado de residuos sanitarios
El traslado de residuos biosanitarios y citotóxicos desde el centro sanitario hasta el gestor debe realizarlo un transportista de residuos inscrito, siguiendo las obligaciones establecidas en el Decreto 83/1999. Además, el Real Decreto 553/2020 exige notificar el traslado con al menos 10 días de antelación y formalizar el documento de identificación, garantizando así la trazabilidad y el control del proceso hasta su tratamiento final.

Traslado de residuos industriales y comerciales
Más información sobre trámites y obligaciones
Gestores autorizados
Consulta aquí el listado actualizado de gestores autorizados para la recogida y tratamiento de residuos en la Comunidad de Madrid.

Listados de gestores y transportistas de residuos
Consulta los listados de gestores y transportistas autorizados en la Comunidad de Madrid
Residuos generados en los hogares
En los hogares también se pueden generar residuos similares a los de la actividad sanitaria (como vendajes, materiales cortantes o medicamentos) que deben depositarse en el lugar adecuado para evitar riesgos para la salud y el medio ambiente.

Residuos domésticos: reduce, recicla y recupera
Más información
Planes de Gestión
La Comunidad de Madrid tiene que elaborar planes que contengan las medidas para facilitar el tratamiento de los residuos y la consecución de los objetivos de gestión. Estos planes se integran en la Estrategia de Economía Circular.
Otros Planes de interés
Legislación

Repertorio de Legislación Ambiental (RLMA)
Consulta la normativa de aplicación en materia de residuos
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Informes sobre el estado del medio ambiente
Consulta información sobre producción y gestión de residuos en la Comunidad de Madrid






